La obligatoriedad de la inspección para embarcaciones de recreo afecta a todas las embarcaciones, si se trata de la inicial (excepto las que lleven el certificado CE de conformidad), y a las de lista 6ª con eslora entre 2,5 y 24m y de lista 7ª con eslora entre 6 y 24m para las inspecciones periódicas, intermedias, adicionales y extraordinarias, según lo recogido en el Real Decreto 1434/1999.
Las embarcaciones de lista 7ª con eslora entre 6 y 24m deberán pasar una inspección periódica cada cinco años, en la que se inspeccionará el equipo de salvamento y de seguridad, se certificará que se dispone de toda la documentación necesaria para navegar y se efectuará una revisión en seco del casco. Entre el segundo y el tercer año desde que se realizó la inspección inicial o la periódica, las embarcaciones de recreo con eslora superior a 15m deberán pasar una inspección intermedia, para comprobar el estado del casco y del equipo, así como las que tengan una eslora superior a 6m con casco de madera.
Todas las embarcaciones de recreo inscritas en lista 6ª deberán pasar la revisión periódica cada cinco años, tengan la eslora que tengan, hasta un máximo de 24m y se les tendrá que realizar una revisión intermedia cuando tengan una eslora superior a 6m., también entre el segundo y tercer año desde la inspección inicial o la periódica.
Además de estas inspecciones de carácter obligatorio, hay que realizar una inspección adicional cada vez que nuestra embarcación de recreo se vea sometida a cualquier reparación en el casco, en la maquinaria o en el equipo, después de haber sufrido una varada, un abordaje o una avería (es decir, siempre que suceda algo que pueda afectar a la navegación). También habrá que realizar esta inspección cuando queramos cambiar la embarcación de lista 7ª a 6ª. También cabe la posibilidad de tener que realizar una inspección extraordinaria, siempre que así lo determine un juez o la Dirección de Marina Mercante si tiene conocimiento fundado de hechos que puedan poner en peligro la seguridad marítima o el medio ambiente. Para aclarar posibles dudas y poder realizar una consulta rápida cuando sea necesario, os dejamos este pequeño resumen como guía de inspecciones para todo tipo de embarcaciones de recreo:
Tipo de reconocimiento | Lista | Embarcaciones a las que se refiere | Periodicidad |
Periódico | 6ª |
5 años | |
7ª | Eslora entre 6 y 24m | ||
Intermedio | 6ª | Eslora superior a 6m. |
5 años |
7ª | Eslora superior a 15m, o superior a 6m si el casco es de madera | ||
Adicional |
Ambas |
|
Puntual |
Extraordinario |