"Asegúrese un mar en calma ..."
Contratando las coberturas idóneas en el seguro náutico de su embarcación.
Deben suscribir un seguro náutico de Responsabilidad Civil (RC) todas las embarcaciones de recreo propulsadas a motor, incluidas las motos náuticas. Así como todas aquellas embarcaciones que, aún careciendo de motor, tengan una eslora superior a seis metros.
También deben tener en vigor un seguro náutico de RC, adaptado a la legislación española, aquellas embarcaciones extranjeras que naveguen por aguas españolas.
Para todas estas embarcaciones, es obligatoria la contratación de un Seguro de Responsabilidad Civil adaptado al R/D 607/99.
Y para todas aquellas embarcaciones que no estan obligadas (menores de 6 metros sin motor) también existe la posibilidad de contratar un seguro de RC, pero en este caso Voluntaria (RCV)
Estos seguros de Responsabilidad Civil se pueden complementar con garantías adicionales como:
Deje que uno de nuestros Asesores Náuticos estudie su caso, con compromiso de mejora.